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miércoles, 13 de marzo de 2013
viernes, 22 de octubre de 2010
NO A LA ENTREGA DE LA TERMINAL Y EL MERCADO 3 DE FEBRERO DE CONCEPCIÓN DEL URUGUAY
Video realizado por alumnos de Ingeniería y Arquitectura de Concepción del Uruguay
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martes, 3 de noviembre de 2009
La Cámara de Diputados de Entre Ríos brindó un reconocimiento a la trayectoria literaria de Jorge Enrique Martí
La Cámara de Diputados de la Provincia de Entre Ríos hizo un reconocimiento a la trayectoria del poeta Jorge Enrique Martí, a 60 años de la publicación de "Panambí", su primera obra literaria. Fue en ocasión de la presentación del libro "Fotografía en palabras: la Liebig de Martí", de la Arq. Adriana Ortea, que tuvo lugar el pasado Viernes 30 de Octubre en la Biblioteca de la Universidad de Concepción del Uruguay.
El acto comenzó con las palabras de bienvenida de la Decana de la Facultad de Arquitectura de la UCU, Arq. Cristina Bonus, y posteriormente el Diputado José Antonio Artusi, en nombre de la Cámara, hizo entrega al poeta de presentes recordatorios, a modo de testimonio del reconocimiento de los representantes del pueblo al mérito de la producción poética de uno de los grandes escritores entrerrianos. Se dió lectura a la resolución respectiva y a una nota personal del Presidente de la Cámara de Diputados, Dr. Jorge Pedro Busti.
El Arq. José Antonio Artusi hizo uso de la palabra brevemente para destacar el significado del acto y agradecer a quienes lo hicieron posible.
Jorge Enrique Martí agradeció la distinción y se refirió a numerosos pasajes de su vida, tanto en su querida Pueblo Liebig, como en su querida "Frater" de Concepción del Uruguay, de la que fue interno y Director.
La Arq. Adriana Ortea, autora del libro presentado, explicó su génesis y su sentido. "Fotografía en palabras: la Liebig de Martí" reúne, como su nombre lo indica, fotos y palabras; fotos antiguas de Don Francisco, el padre de Jorge Enrique, fragmentos de la poesía de su hijo; y fotos actuales de la autora y la prosa de su investigación historiográfica referida al patrimonio industrial y cultural de Pueblo Liebig.
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sábado, 31 de octubre de 2009
Presentaron el libro: “Fotografía en Palabras – La Liebig de Martí”
La Universidad de Concepción del Uruguay a través de La Facultad de Arquitectura y Urbanismo comunica que se realizó la presentación del libro “Fotografía en Palabras – La Liebig de Martí”, de la arquitecta Adriana Ortea y el poeta Jorge Enrique Martí.La misma se llevó a cabo en la Biblioteca de la Universidad de Concepción del Uruguay.
En la oportunidad Jorge Enrique Martí recibió, de manos de José Antonio Artusi, un reconocimiento de la Cámara de Diputados de Entre Ríos al mérito de su trayectoria literaria, a 60 años de la publicación de “Panambí”, su primera obra.
Cabe recordar que “Fotografía en Palabras – La Liebig de Martí” es una publicación profusamente ilustrada que celebra el paso de casi un siglo en Pueblo Liebig, desde el frigorífico de capitales británicos hasta el pueblo sobre el Río Uruguay de la actualidad. Las fotos de familia y la fábrica tomadas a lo largo de décadas por Don Francisco Martí, junto a los poemas de su hijo, el poeta Jorge Enrique Martí, y la investigación histórica de Adriana Ortea, hacen de este libro un rico pantallazo de la vida social y el trabajo de la industria de la carne en el litoral argentino.
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domingo, 25 de octubre de 2009
Presentarán el libro “Fotografía en Palabras – La Liebig de Martí” en la Universidad de Concepción del Uruguay
Historia, fotografía y poesíaUna celebración de la vida, el arte y la creación, reunidos en un libro
El libro “Fotografía en Palabras – La Liebig de Martí”, de la arquitecta Adriana Ortea y el poeta Jorge Enrique Martí, será presentado el Viernes 30 de Octubre de 2009 a las 19.00 horas, en la Biblioteca de la Universidad de Concepción del Uruguay.
En la oportunidad Jorge Enrique Martí recibirá un reconocimiento de la Cámara de Diputados de Entre Ríos al mérito de su trayectoria literaria, a 60 años de la publicación de “Panambí”, su primera obra.
“Fotografía en Palabras – La Liebig de Martí”, es una publicación profusamente ilustrada que celebra el paso de casi un siglo en Pueblo Liebig, desde el frigorífico de capitales británicos hasta el pueblo sobre el Río Uruguay de la actualidad. Las fotos de familia y la fábrica tomadas a lo largo de décadas por Don Francisco Martí, junto a los poemas de su hijo, el poeta Jorge Enrique Martí, y la investigación histórica de Adriana Ortea, hacen de este libro un rico pantallazo de la vida social y el trabajo de la industria de la carne en el litoral argentino.
Fotografía en Palabras – La LIEBIG de Martí es la concreción de un proyecto cultural de investigación y publicación, parte del Programa Identidad Entrerriana, en su tercer etapa, con el aporte económico del Consejo Federal de Inversiones.
Es la interpretación de una historia volcada en palabras y fotografías, como un enfoque de la comunicación del patrimonio industrial de un pueblo, su gente y su fábrica; espacio físico y social del trabajador de la carne. No es sólo hacer historia, sino que es traducir el lenguaje del patrimonio industrial para comprenderlo y difundir su importancia como factor de identidad, poseedor de valores culturales universales y herramienta potencial de desarrollo económico para los pueblos.
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miércoles, 13 de mayo de 2009
El Viejo Molino, hoy
Las ruinas del viejo molino harinero de los Hermanos Fabani en la actualidad. Forma parte de los atractivos del Camping "El Viejo Molino" (km 142, Ruta Nacional 14, Entre Ríos) www.elviejomolino.net
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viernes, 1 de mayo de 2009
El Molino Fabani
Foto: c. 1925, gentileza de Rodolfo Gradizuela
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lunes, 30 de marzo de 2009
Liebig y la gestión del patrimonio
Por Adriana Ortea
En cuestiones de patrimonio arquitectónico es conocido por todos (nuestro país y la ciudad de Buenos Aires son ejemplo de ello) que mas que una ley de protección es más eficiente una buena gestión para el patrimonio. Esto es aplicable a Pueblo Liebig.
La desprotección de Liebig no es por falta de legislación, hay antecedentes, y sólo habría que aplicar las normas existentes:
1- Decreto 6676/03 de Poder Ejecutivo; por el cual “todo propietario debe pedir autorización para ejecutar una obra…”
2- Art. 22 y 26 de la nueva Constitución Provincial: “Todos los habitantes gozan del derecho a vivir en un ambiente sano y equilibrado, apto para el desarrollo humano, donde las actividades sean compatibles con el desarrollo sustentable, para mejorar la calidad de vida y satisfacer las necesidades presentes, sin comprometer la de las generaciones futuras. Tienen el deber de preservarlo y mejorarlo, como patrimonio común.” “La cultura es un derecho fundamental” y en el mismo reconoce como acción del estado provincial: “la protección, preservación y divulgación de los bienes culturales, el patrimonio tangible e intangible, histórico, artístico, arqueológico, arquitectónico y paisajístico”, así como “el reconocimiento a la identidad y respeto a la diversidad cultural”.
3- Ley 9686/06 de bienes arqueológicos: “es Patrimonio Arqueológico todo espacio, real o potencial, descubierto o por descubrir, ubicado en la superficie o subsuelo terrestre, lecho o subsuelo bajo aguas jurisdiccionales provinciales, donde existan restos o cosas muebles y/o inmuebles y/o vestigios de cualquier naturaleza que puedan proporcionar información sobre los grupos socioculturales que habitaron la Provincia desde épocas precolombinas hasta épocas históricas recientes. Entiéndase por el término “épocas históricas recientes” a los últimos cien (100) años, contados a partir de la fecha de sucedidos los hechos o los actos de que se trate.
Multas: 10 a 30% del valor del bien o 10 a 100 salarios mínimos.
4- Art. 41 y 75 de la Constitución Nacional : “Todos los habitantes del país gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer la de las generaciones futuras, al mismo tiempo que tienen el deber de preservarlo. Las autoridades proveerán a la protección tanto de este derecho, como el de los derechos a la utilización racional de los recursos naturales y a la preservación del patrimonio cultural y natural y de la diversidad biológica.” “Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos minímos de protección, y a las provincias las necesarias para complementarlas…”
El desgüace iniciado en septiembre de 2008 por la sociedad propietaria de la ex Fábrica Colón, Fri.co.sa. cuyo director es Juan Carlos Vizental y hoy se denomina Fortitudo S.A.; fue paralizado en enero de 2009 a causa de las denuncias iniciadas en noviembre.
Este desgüace y demolición encubierta pudo haberse detenido a poco de iniciarse aplicando las normas existentes, si las autoridades locales y/o provinciales y sus abogados asesores hubieran querido intervenir sobre la propiedad privada de Fri.co.sa. Se pudo recurrir a un amparo o medida cautelar: “por afectar a derechos constitucionales colectivos” (art. 43 de la Constitución Nacional ), si hubiera habido voluntad política o civil.
Cuando sea necesario se puede recurrir al Proyecto de Resolución de la Cámara de Diputados, aprobado el 18 de febrero, declarando de Interés Cultural, Histórico y Paisajístico para la Provincia de Entre Ríos el área industrial del establecimiento frigorífico Liebig, para detener cualquier nuevo movimiento del actual propietario o futuro del histórico predio fabril.
El proyecto de Ley de declaración de Patrimonio Histórico-cultural de la Provincia para la localidad de Pueblo Liebig, presentado por el Dr. Oscar Arlettaz y con media sanción de la Cámara de Senadores, requiere aún la aprobación de la Cámara de Diputados y su posterior reglamentación por el Poder Ejecutivo.
En los términos presentados y en lo publicado en los medios periodísticos el proyecto de ley tiene errores y vicios para su instrumentación:
1- La enumeración de construcciones a proteger por la declaración no hace una referencia específica o clara hacia la ex Fábrica Colón (¡?) e incluye toda construcción existente en el radio urbano de Pueblo Liebig (¡?) (artículo 2)
¿Cúal es el denominado radio urbano de Pueblo Liebig?
¿Cuáles son los límites de la protección patrimonial?
¿Toda construcción existente en Pueblo Liebig es histórica?
¿Es lo mismo haber conservado las fachadas o haberlas modificados?
El balneario mencionado, no tiene obras patrimoniales (salvo el muelle de pasajeros) y el Club de Pesca, en el año 2009 apenas cumple 50 años.
¿Sus 84 edificaciones, en su mayoría posteriores al 2001, son históricas?
2- Se prohíbe toda intervención en las edificaciones protegidas, en su estructura arquitectónica y morfológica. (Artículo 3 - inciso a). No puede evitar el desgüace porque ya terminó o fue detenido por la Sociedad Propietaria , el próximo paso será la demolición.
¿Quién ha hecho un registro de lo que quedó después del desarme?
¿Quién sabe qué bienes muebles y/o documentales dejaron o existen?
¿Quién conoce el estado de las construcciones industriales después de la demolición encubierta?
Para la implementación de una protección arquitectónica es necesario hacer un relevamiento arquitectónico del área patrimonial, lo existente y el estado de conservación, para su categorización y definición de los grados de protección.
3- No puede evitar la venta de la ex Fábrica Colón (mencionado por el senador en medios periodísticos) porque en la enumeración de prohibiciones sujetas a autorización no es mencionada la enajenación.
Toda Ley de Patrimonio moderna (n°1227/04 de la Ciudad de Buenos Aires) otorga el derecho preferente de compra de todo bien patrimonial del dominio privado al Estado, sea este municipal, provincial o nacional.
4- “Tampoco podrán ser cambiados de destino dichos edificios” (art 3 –b)
¿Cuáles edificios? ¿Todos los edificios?
5- “Cualquier intervención que deba realizarse sobre ellos y que se vincule a las actividades enumeradas en los incisos a) y b) deberá contar con el asesoramiento técnico especializado y pertinente, debiendo el Poder Ejecutivo Provincial proveer del personal idóneo…” (Artículo 3 – inciso c)
Qué actividades enumeradas?… son acciones!!!
¿La autoridad de aplicación no es el área de Patrimonio de Cultura? ¿Contar con un asesor técnico? ¿El Poder Ejecutivo proveer el personal?????
¿Esto no es intervenir en las autonomías locales y en las competencias?
Pasamos del patrón inglés a víctimas del Sr. Vizental. ¿Hasta cuando continuaremos con la dependencia provincial? ¿No debemos apuntar a la capacitación de la comunidad local para los objetivos de conservación y desarrollo? ¿Ya tienen un arquitecto elegido?
6- “La administración, uso y gestión de los bienes afectados que pertenezcan al dominio público, quedará confiada a la Junta de Gobierno…”
¿Cuáles son los bienes afectados? ¿Afectados a qué?
¿Qué bienes pertenecerán al dominio público… y no es expreso en el proyecto?
La Junta de Gobierno no fue capaz de hacer cumplir el decreto n° 6676/03 declarando al pueblo como patrimonio cultural provincial y evitar el desgüace; no ha ejecutado las tareas de su competencia para reglamentar “las edificaciones según su uso y costumbre” (Ley de Juntas n° 7555, art. 11 - punto 2) - inciso a) y su modificación n° 9480); no ha conseguido dar forma institucional a un Museo Regional desde hace 10 años, utiliza el Centro de Interpretación como oficina de Turismo… ¿se le otorga la administración, uso y gestión de qué???
7- “Los titulares de bienes afectados deberán tomar los recaudos necesarios para la conservación… y consultar… cualquier cambio…informar deterioros, riesgo…”
¿Qué bienes?, no es claro en el proyecto. ¿La autoridad de aplicación no hará un relevamiento para conocer el estado previo de los bienes patrimoniales? ¿Quién se ocupara de las inspecciones? Esto, ya es evidencia de incumplimiento.
¿Cómo se estimula a una comunidad apática para la conservación? ¿Quién se hará cargo de los costos de obras? ¿Quién soluciona y paga los deterioros?
¿Esto no es interferir en la propiedad privada? Además de restringir, se debería prever incentivos o líneas de crédito, reglamentar exenciones tributarias y destinar fondos o recursos para la conservación del patrimonio.
8- Las multas previstas son severas para un propietario común, quien no va a demoler un chalet (800m2 de lote y 160m2cub, a una tasación de u$ 65.000) pero son irrisorias para el “gran propietario” o futuro inversor, quien podrá demoler la fábrica (117.331m2 de lote y 21.407m2 cubiertos y galpones, a una tasación de u$ 40 por m2 libre y u$ 200 la sup. cub.).
Los $500.000 mencionados como sanción máxima por destrucción total, representan el valor de 2 chalets (precios actualizados pretendidos por el propietario), por tanto son un “vuelto” para una posible y futura inversión inmobiliaria de u$10.000.000, a valores pretendidos para el predio fabril.
Los códigos edilicios son simples restricciones y deberán ser confeccionados para las nuevas construcciones con carácter de urgente. El F.O.T / F.O.S no prohíben sino reglamentan el grado de ocupación de suelo y altura a edificar. Esto no es comparable a una Ley de Patrimonio que limita el dominio.
En cuanto a la Ley de Bosques, desconozco su normativa. Me parece buena idea cobrar las multas en función a los m2 destruidos de patrimonio.
9- Se define como Órgano de Aplicación al Área Patrimonio Cultural y Ambiental de la Subsecretaría de Cultura, para la autorización de obra y cambio de destino.
En 2005, bajo la administración de Manuel Sánchez, se inició el trabajo hacia la protección del patrimonio de Liebig (1° festival de la Identidad y el Patrimonio) y no avanzó, para llegar en septiembre de 2008 al desarme, y no se frenó.
Sin ánimo de responsabilizar a las personas, quedó demostrado en los hechos recientes y en la práctica, la dificultad operativa de trabajar desde Paraná.
Es conveniente designar una Comisión para el Patrimonio en Liebig, que pueda responder a las inquietudes localmente y profesionalmente, acorde al tema.
Es pertinente recurrir al apoyo del Colegio de Arquitectos - Colón y/o Facultad de Arquitectura de Concepción del Uruguay, con el asesoramiento desde Cultura y Patrimonio de la provincia.
Es pertinente la participación de Ticcih-Argentina (Comité para la protección del patrimonio industrial) cuya directora es la arq. Laura Amarilla.
10- En cuanto a las sanciones económicas, el proyecto de ley no deja claro quien es el organismo y/o repartición local o provincial, competente para su recaudación.
Por tanto, es poco probable que pueda efectuarse su cobro y/o pago.
¿Si no se conoce el estado de las edificaciones qué y cómo se va a multar?
Tampoco define el destino futuro de los fondos a recaudar, que deberían reutilizarse en proyectos de conservación del patrimonio, a cargo del Estado.
11- “Los recursos que demande el cumplimiento de la ley… conforme con los programas y proyectos… por la Comisión de Lugares y Monumentos Históricos de Entre Ríos… entregar al Poder Ejecutivo los proyectos y programas…”
¿Qué recurso demandara si no especifica las funciones públicas?
¿De donde salio la Comisión …? ¿Qué programas y proyectos?
¿es competencia del Poder Ejecutivo?????
12- En los medios, el senador Arlettaz dijo: “Ahora corren peligro las viviendas”
¿A qué se refiere?
En referencia a lo patrimonial, las viviendas del barrio obrero están modificadas en un 90%, con agresiones más o menos importantes, a relevar y categorizar.
El barrio “inglés” está casi intacto por el cuidado de sus poseedores o cambios, ya históricos o evolutivos. (A excepción: obra iniciada en Eric Evans 260, propiedad del director del 2° Festival de la Identidad y el Patrimonio)
En referencia al requerimiento del propietario a los poseedores de “los chalets”: oferta de compra a valores “usureros” o desalojo, no se lee en el proyecto como es contemplado el tema. (Los afectados reales somos 18 familias, extensible a 10 flias en el Mess, 13 casas/lotes en Unidos y 84 casas en El Club de Pesca)
13- Toda Ley o Normativa de Protección al Patrimonio conlleva una restricción al dominio y al derecho a la propiedad; por eso es compleja su reglamentación e implementación, para no caer en la práctica en letra muerta.
Un proyecto de ley basado únicamente, en restricciones y/o sanciones, no es equilibrado ni equitativo y temo actuará como un “chaleco de fuerzas”, empeorando la situación.
El propietario del predio fabril, o el potencial inversor, podrá animarse a una demolición y pagar la multa que corresponda; dinero fácilmente recuperable.
Los vecinos, desde estos anuncios, se preguntan si tienen que pedir autorización hasta para pintar y de que color. Otros, me preguntaron si tenían que parar el cerramiento de una galería posterior donde querían vender artesanías.
No menciona la posibilidad de expropiación, por utilidad pública, en caso de no acordar con la Sociedad Propietaria de la mayoría de los bienes patrimoniales industriales y de las mayores superficies, para su correcta conservación.
No menciona desgravaciones para premiar a los propietarios que conservan el patrimonio, no establece estímulos para recuperar “patrimonio perdido”, no ofrece créditos para mejoras y cuidados, no destina recursos para la recuperación de espacios públicos, no crea un fondo para la puesta en valor del patrimonio.
El proyecto de Ley de Patrimonio Histórico-Cultural de Pueblo Liebig arroja:
- indefinición de los bienes inmuebles patrimoniales y su contexto,
- indefinición de los límites reales y concretos en el territorio,
- imprecisión del área histórica susceptible de la protección,
- inclusión de espacios o construcciones no relevantes para el patrimonio,
- exclusión del patrimonio intangible y viviente, archivos de la empresa, bibliotecas, planos documentales, objetos, etc.
- no mención de zonas arqueológicas potenciales de testimonios,
- no mención al patrimonio paisajístico en peligro por las inversiones inmobiliarias: costa del río y selva en galería, barranca y bañado hacia el arroyo Perucho Verne, reserva de futuros espacios públicos ( la Manga )
Todos estos elementos, y los arriba mencionados, desvirtúan el valor de la declaratoria presentada; recomendándose un estudio más exhaustivo y una revisión de la misma.
Como ha manifestado el mismo senador: “las cosas serias no se pueden hacer de forma rápida y tienen que ser duraderas”.
¿Porque apurar esta ley de declaración de patrimonio?
Si el pasado industrial de La Liebig llegó hasta hoy es porque fue construido para perdurar. No continuó el trabajo, ahora continúa como bien patrimonial.
Es nuestro deber conservar este legado para las generaciones futuras como Paisaje Cultural de la Carne.
arq. Adriana Ortea
En cuestiones de patrimonio arquitectónico es conocido por todos (nuestro país y la ciudad de Buenos Aires son ejemplo de ello) que mas que una ley de protección es más eficiente una buena gestión para el patrimonio. Esto es aplicable a Pueblo Liebig.
La desprotección de Liebig no es por falta de legislación, hay antecedentes, y sólo habría que aplicar las normas existentes:
1- Decreto 6676/03 de Poder Ejecutivo; por el cual “todo propietario debe pedir autorización para ejecutar una obra…”
2- Art. 22 y 26 de la nueva Constitución Provincial: “Todos los habitantes gozan del derecho a vivir en un ambiente sano y equilibrado, apto para el desarrollo humano, donde las actividades sean compatibles con el desarrollo sustentable, para mejorar la calidad de vida y satisfacer las necesidades presentes, sin comprometer la de las generaciones futuras. Tienen el deber de preservarlo y mejorarlo, como patrimonio común.” “La cultura es un derecho fundamental” y en el mismo reconoce como acción del estado provincial: “la protección, preservación y divulgación de los bienes culturales, el patrimonio tangible e intangible, histórico, artístico, arqueológico, arquitectónico y paisajístico”, así como “el reconocimiento a la identidad y respeto a la diversidad cultural”.
3- Ley 9686/06 de bienes arqueológicos: “es Patrimonio Arqueológico todo espacio, real o potencial, descubierto o por descubrir, ubicado en la superficie o subsuelo terrestre, lecho o subsuelo bajo aguas jurisdiccionales provinciales, donde existan restos o cosas muebles y/o inmuebles y/o vestigios de cualquier naturaleza que puedan proporcionar información sobre los grupos socioculturales que habitaron la Provincia desde épocas precolombinas hasta épocas históricas recientes. Entiéndase por el término “épocas históricas recientes” a los últimos cien (100) años, contados a partir de la fecha de sucedidos los hechos o los actos de que se trate.
Multas: 10 a 30% del valor del bien o 10 a 100 salarios mínimos.
4- Art. 41 y 75 de la Constitución Nacional : “Todos los habitantes del país gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer la de las generaciones futuras, al mismo tiempo que tienen el deber de preservarlo. Las autoridades proveerán a la protección tanto de este derecho, como el de los derechos a la utilización racional de los recursos naturales y a la preservación del patrimonio cultural y natural y de la diversidad biológica.” “Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos minímos de protección, y a las provincias las necesarias para complementarlas…”
El desgüace iniciado en septiembre de 2008 por la sociedad propietaria de la ex Fábrica Colón, Fri.co.sa. cuyo director es Juan Carlos Vizental y hoy se denomina Fortitudo S.A.; fue paralizado en enero de 2009 a causa de las denuncias iniciadas en noviembre.
Este desgüace y demolición encubierta pudo haberse detenido a poco de iniciarse aplicando las normas existentes, si las autoridades locales y/o provinciales y sus abogados asesores hubieran querido intervenir sobre la propiedad privada de Fri.co.sa. Se pudo recurrir a un amparo o medida cautelar: “por afectar a derechos constitucionales colectivos” (art. 43 de la Constitución Nacional ), si hubiera habido voluntad política o civil.
Cuando sea necesario se puede recurrir al Proyecto de Resolución de la Cámara de Diputados, aprobado el 18 de febrero, declarando de Interés Cultural, Histórico y Paisajístico para la Provincia de Entre Ríos el área industrial del establecimiento frigorífico Liebig, para detener cualquier nuevo movimiento del actual propietario o futuro del histórico predio fabril.
El proyecto de Ley de declaración de Patrimonio Histórico-cultural de la Provincia para la localidad de Pueblo Liebig, presentado por el Dr. Oscar Arlettaz y con media sanción de la Cámara de Senadores, requiere aún la aprobación de la Cámara de Diputados y su posterior reglamentación por el Poder Ejecutivo.
En los términos presentados y en lo publicado en los medios periodísticos el proyecto de ley tiene errores y vicios para su instrumentación:
1- La enumeración de construcciones a proteger por la declaración no hace una referencia específica o clara hacia la ex Fábrica Colón (¡?) e incluye toda construcción existente en el radio urbano de Pueblo Liebig (¡?) (artículo 2)
¿Cúal es el denominado radio urbano de Pueblo Liebig?
¿Cuáles son los límites de la protección patrimonial?
¿Toda construcción existente en Pueblo Liebig es histórica?
¿Es lo mismo haber conservado las fachadas o haberlas modificados?
El balneario mencionado, no tiene obras patrimoniales (salvo el muelle de pasajeros) y el Club de Pesca, en el año 2009 apenas cumple 50 años.
¿Sus 84 edificaciones, en su mayoría posteriores al 2001, son históricas?
2- Se prohíbe toda intervención en las edificaciones protegidas, en su estructura arquitectónica y morfológica. (Artículo 3 - inciso a). No puede evitar el desgüace porque ya terminó o fue detenido por la Sociedad Propietaria , el próximo paso será la demolición.
¿Quién ha hecho un registro de lo que quedó después del desarme?
¿Quién sabe qué bienes muebles y/o documentales dejaron o existen?
¿Quién conoce el estado de las construcciones industriales después de la demolición encubierta?
Para la implementación de una protección arquitectónica es necesario hacer un relevamiento arquitectónico del área patrimonial, lo existente y el estado de conservación, para su categorización y definición de los grados de protección.
3- No puede evitar la venta de la ex Fábrica Colón (mencionado por el senador en medios periodísticos) porque en la enumeración de prohibiciones sujetas a autorización no es mencionada la enajenación.
Toda Ley de Patrimonio moderna (n°1227/04 de la Ciudad de Buenos Aires) otorga el derecho preferente de compra de todo bien patrimonial del dominio privado al Estado, sea este municipal, provincial o nacional.
4- “Tampoco podrán ser cambiados de destino dichos edificios” (art 3 –b)
¿Cuáles edificios? ¿Todos los edificios?
5- “Cualquier intervención que deba realizarse sobre ellos y que se vincule a las actividades enumeradas en los incisos a) y b) deberá contar con el asesoramiento técnico especializado y pertinente, debiendo el Poder Ejecutivo Provincial proveer del personal idóneo…” (Artículo 3 – inciso c)
Qué actividades enumeradas?… son acciones!!!
¿La autoridad de aplicación no es el área de Patrimonio de Cultura? ¿Contar con un asesor técnico? ¿El Poder Ejecutivo proveer el personal?????
¿Esto no es intervenir en las autonomías locales y en las competencias?
Pasamos del patrón inglés a víctimas del Sr. Vizental. ¿Hasta cuando continuaremos con la dependencia provincial? ¿No debemos apuntar a la capacitación de la comunidad local para los objetivos de conservación y desarrollo? ¿Ya tienen un arquitecto elegido?
6- “La administración, uso y gestión de los bienes afectados que pertenezcan al dominio público, quedará confiada a la Junta de Gobierno…”
¿Cuáles son los bienes afectados? ¿Afectados a qué?
¿Qué bienes pertenecerán al dominio público… y no es expreso en el proyecto?
La Junta de Gobierno no fue capaz de hacer cumplir el decreto n° 6676/03 declarando al pueblo como patrimonio cultural provincial y evitar el desgüace; no ha ejecutado las tareas de su competencia para reglamentar “las edificaciones según su uso y costumbre” (Ley de Juntas n° 7555, art. 11 - punto 2) - inciso a) y su modificación n° 9480); no ha conseguido dar forma institucional a un Museo Regional desde hace 10 años, utiliza el Centro de Interpretación como oficina de Turismo… ¿se le otorga la administración, uso y gestión de qué???
7- “Los titulares de bienes afectados deberán tomar los recaudos necesarios para la conservación… y consultar… cualquier cambio…informar deterioros, riesgo…”
¿Qué bienes?, no es claro en el proyecto. ¿La autoridad de aplicación no hará un relevamiento para conocer el estado previo de los bienes patrimoniales? ¿Quién se ocupara de las inspecciones? Esto, ya es evidencia de incumplimiento.
¿Cómo se estimula a una comunidad apática para la conservación? ¿Quién se hará cargo de los costos de obras? ¿Quién soluciona y paga los deterioros?
¿Esto no es interferir en la propiedad privada? Además de restringir, se debería prever incentivos o líneas de crédito, reglamentar exenciones tributarias y destinar fondos o recursos para la conservación del patrimonio.
8- Las multas previstas son severas para un propietario común, quien no va a demoler un chalet (800m2 de lote y 160m2cub, a una tasación de u$ 65.000) pero son irrisorias para el “gran propietario” o futuro inversor, quien podrá demoler la fábrica (117.331m2 de lote y 21.407m2 cubiertos y galpones, a una tasación de u$ 40 por m2 libre y u$ 200 la sup. cub.).
Los $500.000 mencionados como sanción máxima por destrucción total, representan el valor de 2 chalets (precios actualizados pretendidos por el propietario), por tanto son un “vuelto” para una posible y futura inversión inmobiliaria de u$10.000.000, a valores pretendidos para el predio fabril.
Los códigos edilicios son simples restricciones y deberán ser confeccionados para las nuevas construcciones con carácter de urgente. El F.O.T / F.O.S no prohíben sino reglamentan el grado de ocupación de suelo y altura a edificar. Esto no es comparable a una Ley de Patrimonio que limita el dominio.
En cuanto a la Ley de Bosques, desconozco su normativa. Me parece buena idea cobrar las multas en función a los m2 destruidos de patrimonio.
9- Se define como Órgano de Aplicación al Área Patrimonio Cultural y Ambiental de la Subsecretaría de Cultura, para la autorización de obra y cambio de destino.
En 2005, bajo la administración de Manuel Sánchez, se inició el trabajo hacia la protección del patrimonio de Liebig (1° festival de la Identidad y el Patrimonio) y no avanzó, para llegar en septiembre de 2008 al desarme, y no se frenó.
Sin ánimo de responsabilizar a las personas, quedó demostrado en los hechos recientes y en la práctica, la dificultad operativa de trabajar desde Paraná.
Es conveniente designar una Comisión para el Patrimonio en Liebig, que pueda responder a las inquietudes localmente y profesionalmente, acorde al tema.
Es pertinente recurrir al apoyo del Colegio de Arquitectos - Colón y/o Facultad de Arquitectura de Concepción del Uruguay, con el asesoramiento desde Cultura y Patrimonio de la provincia.
Es pertinente la participación de Ticcih-Argentina (Comité para la protección del patrimonio industrial) cuya directora es la arq. Laura Amarilla.
10- En cuanto a las sanciones económicas, el proyecto de ley no deja claro quien es el organismo y/o repartición local o provincial, competente para su recaudación.
Por tanto, es poco probable que pueda efectuarse su cobro y/o pago.
¿Si no se conoce el estado de las edificaciones qué y cómo se va a multar?
Tampoco define el destino futuro de los fondos a recaudar, que deberían reutilizarse en proyectos de conservación del patrimonio, a cargo del Estado.
11- “Los recursos que demande el cumplimiento de la ley… conforme con los programas y proyectos… por la Comisión de Lugares y Monumentos Históricos de Entre Ríos… entregar al Poder Ejecutivo los proyectos y programas…”
¿Qué recurso demandara si no especifica las funciones públicas?
¿De donde salio la Comisión …? ¿Qué programas y proyectos?
¿es competencia del Poder Ejecutivo?????
12- En los medios, el senador Arlettaz dijo: “Ahora corren peligro las viviendas”
¿A qué se refiere?
En referencia a lo patrimonial, las viviendas del barrio obrero están modificadas en un 90%, con agresiones más o menos importantes, a relevar y categorizar.
El barrio “inglés” está casi intacto por el cuidado de sus poseedores o cambios, ya históricos o evolutivos. (A excepción: obra iniciada en Eric Evans 260, propiedad del director del 2° Festival de la Identidad y el Patrimonio)
En referencia al requerimiento del propietario a los poseedores de “los chalets”: oferta de compra a valores “usureros” o desalojo, no se lee en el proyecto como es contemplado el tema. (Los afectados reales somos 18 familias, extensible a 10 flias en el Mess, 13 casas/lotes en Unidos y 84 casas en El Club de Pesca)
13- Toda Ley o Normativa de Protección al Patrimonio conlleva una restricción al dominio y al derecho a la propiedad; por eso es compleja su reglamentación e implementación, para no caer en la práctica en letra muerta.
Un proyecto de ley basado únicamente, en restricciones y/o sanciones, no es equilibrado ni equitativo y temo actuará como un “chaleco de fuerzas”, empeorando la situación.
El propietario del predio fabril, o el potencial inversor, podrá animarse a una demolición y pagar la multa que corresponda; dinero fácilmente recuperable.
Los vecinos, desde estos anuncios, se preguntan si tienen que pedir autorización hasta para pintar y de que color. Otros, me preguntaron si tenían que parar el cerramiento de una galería posterior donde querían vender artesanías.
No menciona la posibilidad de expropiación, por utilidad pública, en caso de no acordar con la Sociedad Propietaria de la mayoría de los bienes patrimoniales industriales y de las mayores superficies, para su correcta conservación.
No menciona desgravaciones para premiar a los propietarios que conservan el patrimonio, no establece estímulos para recuperar “patrimonio perdido”, no ofrece créditos para mejoras y cuidados, no destina recursos para la recuperación de espacios públicos, no crea un fondo para la puesta en valor del patrimonio.
El proyecto de Ley de Patrimonio Histórico-Cultural de Pueblo Liebig arroja:
- indefinición de los bienes inmuebles patrimoniales y su contexto,
- indefinición de los límites reales y concretos en el territorio,
- imprecisión del área histórica susceptible de la protección,
- inclusión de espacios o construcciones no relevantes para el patrimonio,
- exclusión del patrimonio intangible y viviente, archivos de la empresa, bibliotecas, planos documentales, objetos, etc.
- no mención de zonas arqueológicas potenciales de testimonios,
- no mención al patrimonio paisajístico en peligro por las inversiones inmobiliarias: costa del río y selva en galería, barranca y bañado hacia el arroyo Perucho Verne, reserva de futuros espacios públicos ( la Manga )
Todos estos elementos, y los arriba mencionados, desvirtúan el valor de la declaratoria presentada; recomendándose un estudio más exhaustivo y una revisión de la misma.
Como ha manifestado el mismo senador: “las cosas serias no se pueden hacer de forma rápida y tienen que ser duraderas”.
¿Porque apurar esta ley de declaración de patrimonio?
Si el pasado industrial de La Liebig llegó hasta hoy es porque fue construido para perdurar. No continuó el trabajo, ahora continúa como bien patrimonial.
Es nuestro deber conservar este legado para las generaciones futuras como Paisaje Cultural de la Carne.
arq. Adriana Ortea
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lunes, 2 de marzo de 2009
Patrimonio de Liebig: de la desprotección a tres proyectos de declaración


Por Adriana Ortea
El martes 17, por la noche, me enteré de la declaración de “interés cultural, histórico y paisajístico para la Provincia de Entre Ríos del área industrial del establecimiento frigorífico Liebig”; proyecto del diputado Jorge Kerz en la Cámara de Diputados.
El miércoles 18, por la mañana, leí la media sanción de la Cámara de Senadores para el proyecto del senador Oscar Arlettaz, declarando “patrimonio histórico-cultural de la Provincia a la localidad de Pueblo Liebig”.
El jueves 19, por la tarde, Guillermo Lema, asesor de la diputada nacional María de los Ángeles Petit me confirmó el proyecto de ley declarando “Liebig, lugar histórico”.
El lunes 23, Américo Schvartzman, quien trabaja con el diputado nacional Lisandro Viale, me remitió su proyecto de ley: “Liebig, bien de interés histórico”.
Ambos, con el marco de la Comisión de Museos y Monumentos Históricos Nacionales, serán presentados este lunes, en el comienzo de las sesiones legislativas.
¡Enhorabuena, para poner al patrimonio en primera plana! ¡Es un avance real para poder proteger lo poco que va quedando del Liebig industrial, pero a no ilusionarse demasiado!
¿Como se penalizará a la sociedad propietaria por el patrimonio fabril mueble e inmueble destruido y vendido (protegido como Patrimonio Cultural Provincial, por decreto del Poder Ejecutivo n° 6676/03) y se compensará a la comunidad de Pueblo Liebig, víctima por el patrimonio perdido de sus históricas máquinas?
¿Cómo interpreta la Sociedad Fortituto S.A. el “valor” de Liebig como pueblo histórico, cuando vendió su patrimonio industrial y descuida la conservación de su “Casa de Visitas”?
¿Cómo pueden explicar los representantes legales del propietario ausente la valorización de la propiedad como ciudad turística cuando no hicieron nada por un desarrollo turístico?
Al inicio de la denuncia: “El patrimonio industrial vale su peso” (4 de noviembre de 2008), pensaba que el patrimonio de Pueblo Liebig no estaba suficientemente protegido y el camino recorrido me demostró que la falta de conservación es una falta de voluntades.
Es una responsabilidad de todos nosotros: autoridades locales, provinciales y nacionales; la comunidad local y regional; cada propietario, los pequeños y los grandes empresarios, cada uno en su justa medida; y me incluyo, porque no pude frenar los “atropellos demoledores”.
El patrimonio no se conserva con una ley con sanciones, vivimos en un país transgresor de normas, aún con multas y, en procesos inflacionarios al poco tiempo no cuestan nada.
Con ley o sin ella, un buen negocio siempre se “arregla” en detrimento del patrimonio cultural y natural. Para ejemplo: en Colón, tenemos el nuevo Hotel Plaza de la organización Delassoie; en San José, Campodónico proyecta un “dique seco” sobre el Perucho Verne; en tierras de Pueblo Liebig, los españoles de Iberpapel drenaron el humedal del “2 de agosto” para sembrar soja; en Ubajay se derrumbaron los vestigios de la sinagoga; en Victoria, el casco histórico es patrimonio histórico nacional y no se ha conservado; etc.
El patrimonio es un problema de educación y la conservación del patrimonio industrial de Liebig está relacionada con la reutilización de los obsoletos edificios fabriles y su paisaje.
El país está lleno de leyes, decretos y ordenanzas de "protección del patrimonio" que en la práctica son letra muerta. Es muy difícil pelear contra el derecho de "propiedad privada" y ponerle límites ciertos, salvo que haya expropiación, lo que ocurre en muy pocos casos.
Para todo esto, hace falta una fuerte conciencia ciudadana y una buena voluntad política.
La resolución aprobada en Diputados, es una herramienta para accionar un no innovar, si se animan a una demolición fabril. Pero también, hay que trabajar: ¿Qué haremos cuando Liebig sea declarado “Bien de Interés Histórico Nacional”? Es necesaria una transparente gestión para el patrimonio, entre intereses privados y políticas públicas, en acciones reales para la conservación y puesta en valor del pueblo industrial de Liebig, de cara al desarrollo.
Adriana Ortea es arquitecta.-
El martes 17, por la noche, me enteré de la declaración de “interés cultural, histórico y paisajístico para la Provincia de Entre Ríos del área industrial del establecimiento frigorífico Liebig”; proyecto del diputado Jorge Kerz en la Cámara de Diputados.
El miércoles 18, por la mañana, leí la media sanción de la Cámara de Senadores para el proyecto del senador Oscar Arlettaz, declarando “patrimonio histórico-cultural de la Provincia a la localidad de Pueblo Liebig”.
El jueves 19, por la tarde, Guillermo Lema, asesor de la diputada nacional María de los Ángeles Petit me confirmó el proyecto de ley declarando “Liebig, lugar histórico”.
El lunes 23, Américo Schvartzman, quien trabaja con el diputado nacional Lisandro Viale, me remitió su proyecto de ley: “Liebig, bien de interés histórico”.
Ambos, con el marco de la Comisión de Museos y Monumentos Históricos Nacionales, serán presentados este lunes, en el comienzo de las sesiones legislativas.
¡Enhorabuena, para poner al patrimonio en primera plana! ¡Es un avance real para poder proteger lo poco que va quedando del Liebig industrial, pero a no ilusionarse demasiado!
¿Como se penalizará a la sociedad propietaria por el patrimonio fabril mueble e inmueble destruido y vendido (protegido como Patrimonio Cultural Provincial, por decreto del Poder Ejecutivo n° 6676/03) y se compensará a la comunidad de Pueblo Liebig, víctima por el patrimonio perdido de sus históricas máquinas?
¿Cómo interpreta la Sociedad Fortituto S.A. el “valor” de Liebig como pueblo histórico, cuando vendió su patrimonio industrial y descuida la conservación de su “Casa de Visitas”?
¿Cómo pueden explicar los representantes legales del propietario ausente la valorización de la propiedad como ciudad turística cuando no hicieron nada por un desarrollo turístico?
Al inicio de la denuncia: “El patrimonio industrial vale su peso” (4 de noviembre de 2008), pensaba que el patrimonio de Pueblo Liebig no estaba suficientemente protegido y el camino recorrido me demostró que la falta de conservación es una falta de voluntades.
Es una responsabilidad de todos nosotros: autoridades locales, provinciales y nacionales; la comunidad local y regional; cada propietario, los pequeños y los grandes empresarios, cada uno en su justa medida; y me incluyo, porque no pude frenar los “atropellos demoledores”.
El patrimonio no se conserva con una ley con sanciones, vivimos en un país transgresor de normas, aún con multas y, en procesos inflacionarios al poco tiempo no cuestan nada.
Con ley o sin ella, un buen negocio siempre se “arregla” en detrimento del patrimonio cultural y natural. Para ejemplo: en Colón, tenemos el nuevo Hotel Plaza de la organización Delassoie; en San José, Campodónico proyecta un “dique seco” sobre el Perucho Verne; en tierras de Pueblo Liebig, los españoles de Iberpapel drenaron el humedal del “2 de agosto” para sembrar soja; en Ubajay se derrumbaron los vestigios de la sinagoga; en Victoria, el casco histórico es patrimonio histórico nacional y no se ha conservado; etc.
El patrimonio es un problema de educación y la conservación del patrimonio industrial de Liebig está relacionada con la reutilización de los obsoletos edificios fabriles y su paisaje.
El país está lleno de leyes, decretos y ordenanzas de "protección del patrimonio" que en la práctica son letra muerta. Es muy difícil pelear contra el derecho de "propiedad privada" y ponerle límites ciertos, salvo que haya expropiación, lo que ocurre en muy pocos casos.
Para todo esto, hace falta una fuerte conciencia ciudadana y una buena voluntad política.
La resolución aprobada en Diputados, es una herramienta para accionar un no innovar, si se animan a una demolición fabril. Pero también, hay que trabajar: ¿Qué haremos cuando Liebig sea declarado “Bien de Interés Histórico Nacional”? Es necesaria una transparente gestión para el patrimonio, entre intereses privados y políticas públicas, en acciones reales para la conservación y puesta en valor del pueblo industrial de Liebig, de cara al desarrollo.
Adriana Ortea es arquitecta.-
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martes, 16 de diciembre de 2008
Pueblo Liebig, otra Itálica famosa
Por Jorge Enrique Martí, poeta y periodista.
Se están llevando todo, cuenta la gente del pueblo. Y si nadie los detiene no va a quedar de pie ni la simbólica chimenea que todavía se erige con algo de melancolía.
Tomé el compromiso de ayudar en la irrenunciable tarea de impedir, detener, o al menos demorar el desgüace del patrimonio físico, histórico y cultural del establecimiento que fue en Pueblo Liebig durante un siglo, un emporio de la industria de la carne.
Me crié en el pueblo, porque mi padre trabajó en allí. Y me cuesta regresar al pueblo, porque ya no está… el trabajo, los amigos y poco va quedando de la fábrica.
Liebig no es de nadie porque es de todos, habrá que argüir con legitimidad. Sabemos que en nuestro país y en la provincia hay amparo constitucional para la propiedad privada, que tiene un profundo sentido social y que en el caso puntual de Liebig reúne valores culturales, históricos y tradicionales; hoy afectados por el desgüace de la planta industrial o de lo que queda de ella. Es como si de a poco se cortara la memoria del pueblo.
Y recordé los versos del poeta sevillano Francisco de Rioja, contemporáneo de Cervantes, dedicados a Itálica, la ciudad fundada por Escipión, el africano, en la Andalucía española 200 años A.C. Entre ladrones, pillos y desguazadores se perdió el rico patrimonio arquitectónico de aquella emblemática población. Y el poeta, al ver la dura realidad del despojo, escribió: "Esto, Fabio, ¡ay dolor! qué veis ahora, campos de soledad, mustio collado, fueron un tiempo Itálica famosa". Y dan ganas de cambiar el esdrújulo de Itálica por Fábrica, como era, con el aditamento de Colón, el viejo nombre del hoy Pueblo Liebig.
¿Y qué hay que hacer? ¿Cómo evitar el despojo? Por lo pronto hay que permanecer unidos en un reclamo justo y enérgico, hasta obtener el reclamo mínimo de un amparo legal que permita a las generaciones futuras conocer y gozar del patrimonio que hicieron las manos de lejanos abuelos. ¿Por qué no cumplir con la Ley de Juntas 7555/9480? Cuya función es: "reglamentar la edificación, de acuerdo a los usos y costumbres de la zona", y dictaminar la "ordenanza necesaria aprobada por el Ministerio de Gobierno".
La arquitecta Adriana Ortea, es una presencia aparecida en Pueblo Liebig, puesta a despertar las conciencias de los pobladores y también de quienes tienen responsabilidades institucionales. Desde noviembre junta datos, información, documentos y apoyo de personalidades y de entidades regionales, provinciales, nacionales e internacionales; con un sólo propósito: conseguir el amparo legislativo y la posterior creación de un museo industrial, como el existente en la uruguaya Fray Bentos, antecesora de nuestra Liebig.
Hay un pueblo renacido, que celebró con orgullo los 100 años de la Compañía, y del Club Liebig, de la Biblioteca Fábrica Colón y de la escuela n° 16 Hipólito Vieytes.
No nos quedemos en el silencio ni seamos cómplices inocentes de este desgüace, saqueo o despojo, como mejor se lo denomine, para que el patrimonio industrial de Fábrica Colón no se convierta en la Itálica entrerriana.
Se están llevando todo, cuenta la gente del pueblo. Y si nadie los detiene no va a quedar de pie ni la simbólica chimenea que todavía se erige con algo de melancolía.
Tomé el compromiso de ayudar en la irrenunciable tarea de impedir, detener, o al menos demorar el desgüace del patrimonio físico, histórico y cultural del establecimiento que fue en Pueblo Liebig durante un siglo, un emporio de la industria de la carne.
Me crié en el pueblo, porque mi padre trabajó en allí. Y me cuesta regresar al pueblo, porque ya no está… el trabajo, los amigos y poco va quedando de la fábrica.
Liebig no es de nadie porque es de todos, habrá que argüir con legitimidad. Sabemos que en nuestro país y en la provincia hay amparo constitucional para la propiedad privada, que tiene un profundo sentido social y que en el caso puntual de Liebig reúne valores culturales, históricos y tradicionales; hoy afectados por el desgüace de la planta industrial o de lo que queda de ella. Es como si de a poco se cortara la memoria del pueblo.
Y recordé los versos del poeta sevillano Francisco de Rioja, contemporáneo de Cervantes, dedicados a Itálica, la ciudad fundada por Escipión, el africano, en la Andalucía española 200 años A.C. Entre ladrones, pillos y desguazadores se perdió el rico patrimonio arquitectónico de aquella emblemática población. Y el poeta, al ver la dura realidad del despojo, escribió: "Esto, Fabio, ¡ay dolor! qué veis ahora, campos de soledad, mustio collado, fueron un tiempo Itálica famosa". Y dan ganas de cambiar el esdrújulo de Itálica por Fábrica, como era, con el aditamento de Colón, el viejo nombre del hoy Pueblo Liebig.
¿Y qué hay que hacer? ¿Cómo evitar el despojo? Por lo pronto hay que permanecer unidos en un reclamo justo y enérgico, hasta obtener el reclamo mínimo de un amparo legal que permita a las generaciones futuras conocer y gozar del patrimonio que hicieron las manos de lejanos abuelos. ¿Por qué no cumplir con la Ley de Juntas 7555/9480? Cuya función es: "reglamentar la edificación, de acuerdo a los usos y costumbres de la zona", y dictaminar la "ordenanza necesaria aprobada por el Ministerio de Gobierno".
La arquitecta Adriana Ortea, es una presencia aparecida en Pueblo Liebig, puesta a despertar las conciencias de los pobladores y también de quienes tienen responsabilidades institucionales. Desde noviembre junta datos, información, documentos y apoyo de personalidades y de entidades regionales, provinciales, nacionales e internacionales; con un sólo propósito: conseguir el amparo legislativo y la posterior creación de un museo industrial, como el existente en la uruguaya Fray Bentos, antecesora de nuestra Liebig.
Hay un pueblo renacido, que celebró con orgullo los 100 años de la Compañía, y del Club Liebig, de la Biblioteca Fábrica Colón y de la escuela n° 16 Hipólito Vieytes.
No nos quedemos en el silencio ni seamos cómplices inocentes de este desgüace, saqueo o despojo, como mejor se lo denomine, para que el patrimonio industrial de Fábrica Colón no se convierta en la Itálica entrerriana.
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jueves, 13 de noviembre de 2008
sábado, 1 de diciembre de 2007
sábado, 27 de octubre de 2007
lunes, 10 de septiembre de 2007
jueves, 6 de septiembre de 2007
Teatro Avenida
Hoy funciona en este edificio un supermercado que ha respetado la configuración original de la fachada del que fuera a principios de siglo el Teatro Avenida (construido hacia el año 1923) y posteriormente el cine-teatro Rex.
El interior fue modificado por completo.
Su importancia como exponente del patrimonio de la ciudad, además de su valor arquitectónico, radica en que fue en esta sala donde cantó Carlos Gardel por última vez en nuestro país el 21 de septiembre de 1.933.
Gardel se alojó en el Hotel París con sus guitarristas y llegó al Teatro caminando, vistiendo sobretodo negro y pañuelo blanco (“lengue”) al cuello. Cuando llegó, la sala estaba colmada y los organizadores habían cerrado las puertas pues la calle estaba llena de gente que quería entrar a toda costa. Gardel hizo abrir las puertas de la sala (las mismas que existen hoy) “para que la gente que está afuera escuche”. (Testimonio de Aníbal Pontelli, que vive en calle Henri entre Jordana y Clark, que él era jovencito y lo vio llegar al Teatro).
La persona que hizo las gestiones para traer a Gardel a Uruguay fue el que en ese momento tenía 26 años y era el encargado de contratatar espectáculos para el Teatro Avenida. Se llamaba Víctor Tófalo (h) (“Macho”), hijo del fundador de “El Sportsman”, padre del actal dueño: Román. Gardel cantó y luego pasó en lancha a Paysandú, donde cantó y siguió hacia la patria chica de su íntimo amigo Ireneo Leguisamo: Salto Uruguayo, donde cantó y luego viajó a Montevideo, donde actuó y pasó a Buenos Aires donde no tuvo actuaciones públicas, preparó su viaje a EEUU para donde partió a fines de 1.933. Estuvo en EEUU hasta más o menos mayo de 1.935 filmando sus últimas películas. Emprendió una gira por América Latina que debía terminar en Buenos Aires. El 24 de junio de 1.935, decolando su avión del aeropuerto de Medellín, cuyo piloto era Samper, abuelo de quien hace unos años fue presidente de Colombia, sufrió un accidente del cual se han hecho miles de conjeturas. El avión se precipitó a tierra, muriendo casi todo el pasaje y la tripulación.
Nº 10 en el "Catálogo de Edificios de Interés Patrimonial".
Foto: José Antonio Artusi
Datos por gentileza del Ing. Angel Claudio Benito Mazzarello
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lunes, 3 de septiembre de 2007
¿Cómo quedará?
Futura sucursal del Banco Santander Río.
Foto tomada el 3 de Septiembre de 2007.
Cotinuará...
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Viviendas
domingo, 2 de septiembre de 2007
El Viejo Molino de Arroyo Urquiza
El edificio fue desmantelado y despojado de su cubierta en la década del 70 del siglo XX.
Actualmente forma parte de los atractivos del Camping y Balneario "El Viejo Molino", en el km 142 de la Ruta 14. http://www.turismoentrerios.com/elviejomolino/
sábado, 1 de septiembre de 2007
viernes, 31 de agosto de 2007
Canal de acceso al Puerto de Concepción del Uruguay
Canal de acceso al puerto de Concepción del Uruguay.
Foto: gentileza del Ing. Angel Claudio Benito Mazzarello
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Puerto de Concepción del Uruguay
Puerto de Concepción del Uruguay.Vías del ferrocarril. A sus lados, los edificios gemelos que hoy ocupan la Prefectura Naval Argentina y la Aduana.-
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